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Los directivos de empresas públicas deberán adaptar sus contratos a la nueva limitación salarial
No se podrán sumar retribuciones en especie que superen el límite de sueldo fijado.
Europapress - 06/03/2012
MADRID. Los directivos y máximos responsables del sector público empresarial y el resto de entidades del sector público estatal deberán adaptar sus contratos antes del 13 de abril a la nueva limitación salarial aprobada por el Ejecutivo en el Real Decreto de régimen retributivo de estos responsables públicos.
El Real Decreto, publicado este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y que entra en vigor mañana, fija un sueldo máximo de 105.000 euros anuales para las empresas públicas grandes, de 80.000 euros para las medianas y de 55.000 euros para las pequeñas, que se clasifican en función de su volumen o cifra de negocios, número de trabajadores, necesidad o no de financiación pública, volumen de inversión y características propias del sector en el que desarrolla su actividad.
La norma fija que el contenido de los contratos celebrados con los máximos responsables y personal directivo deberá ser adaptado a los términos establecidos en este real decreto antes del 13 de abril de 2012, y precisa que esta adaptación no podrá producir ningún incremento retributivo para los máximos responsables o directivos en relación a su situación anterior.
En concreto, quienes asuman las funciones de máximo responsable de las sociedades mercantiles estatales, formando parte de su consejo de administración o siendo administradores en ausencia de consejo de administración, estarán vinculados profesionalmente con estas empresas mediante un contrato mercantil, que se regirá tanto por lo dispuesto en la reforma laboral de febrero como por lo establecido en este real decreto.
Por su parte, los máximos responsables no previstos en el apartado anterior y los directivos estarán vinculados por un contrato de alta dirección, que se regirá también tanto por la reforma laboral como por este real decreto.
Además, la norma contempla que las retribuciones que perciban los máximos responsables y directivos se recogerán anualmente en la memoria de actividades de la entidad, al mismo tiempo que las empresas y entidades públicas tendrán que publicar en su web la composición de sus órganos de administración, gestión, dirección y control, incluyendo los datos profesionales de los máximos responsables y directivos.
Complementos y variables.
Junto con las retribuciones básicas, se aplicarán complementos en función del puesto ocupado, que fijará el Ministerio de Hacienda, y una retribución variable ligada a objetivos que también establecerá Hacienda. En cambio, no se podrán sumar retribuciones en especie (vivienda, manutención, seguros de vida o planes de pensiones) que superen el límite de sueldo fijado.
Por otro lado, el texto contempla la reducción de un centenar de consejeros del sector público empresarial, y limita a 15 consejeros el límite máximo que podrán tener las empresas públicas de mayor tamaño. Las medianas no podrán contar con más de 12 directivos y las más pequeñas, con un máximo de 9.
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