Primera sentencia en Argentina por acoso sexual entre mujeres

La cosmetóloga, una inmigrante ucraniana de 27 años que llevaba 3 viviendo en la Argentina, entró a trabajar en el instituto de belleza de la calle Quintana, en Recoleta, en octubre de 1994. Muy pronto, la dueña del negocio empezó a acercarse a ella con regalos y hasta le ofreció comprarle un departamento que la empleada pagaría en cuotas, con una parte de su sueldo. Una noche la invitó a cenar a su departamento y la cosmetóloga fue recibida con luces tenues y champán. Cuando la jefa le dijo que quería tener relaciones sexuales con ella, la empleada se fue del departamento. Y al poco tiempo fue despedida del trabajo.
Más de 8 años después, la cosmetóloga ucraniana acaba de ganarle un juicio a la dueña del negocio, en la que sería la primera sentencia de la Justicia argentina que otorga una indemnización por acoso sexual entre mujeres.
El juez civil Francisco Granillo Ocampo condenó a la jefa a pagarle 32.800 pesos más intereses a la empleada. Esta cifra corresponde exclusivamente al acoso sexual y se suma a los 4.767 pesos como indemnización por despido que la cosmetóloga le había ganado a la dueña hace cuatro años ante la Justicia laboral. Los nombres de las protagonistas no se mencionan para preservar su privacidad.
"La protección de la honestidad ofendida por actos de naturaleza sexual pueden ser distintos del acceso carnal mismo", explicó el juez en el fallo, al justificar que no era necesario que la relación sexual se concretara para dar lugar a la condena. En ese sentido, caracterizó el acoso sexual como la actitud de una persona que se aprovecha de una relación jerárquica para inducir a otra a acceder a sus requerimientos sexuales.
"El derecho protege a las personas contra cualquier ofensa ilícita o amenaza de ofensa a su individualidad física o moral", se agregó en la resolución, que inaugura un camino que hasta ahora no había sido recorrido por los jueces. Se trata, de todas formas, de un fallo de primera instancia, que puede ser apelado ante la Cámara Civil.
L
a mayor parte de la indemnización que fijó el juez corresponde al rubro daño moral, que tiene que ver con los perjuicios extraeconómicos que padece una persona. En este caso, con el dinero se busca compensar lo que sufrió la cosmetóloga por la situación.
El juez le otorgó 30.000 pesos en concepto de daño moral, en base a declaraciones de testigos que la vieron alterada por la situación (uno de ellos fue su novio) y también a una pericia psicológica, cuyo resultado fue que la joven padecía un "síndrome depresivo".
Esa pericia psicológica estimó que, a raíz de la situación de estrés, la ucraniana padece una incapacidad laboral de un 10% y que necesita un tratamiento psicoterapéutico con una frecuencia de dos veces semanales y una duración de entre 6 meses y un año. Justamente para pagar ese tratamiento es que el juez condenó a la demandada a pagar los otros 2.800 pesos de la sentencia.
"Creemos que es el primer caso de acoso sexual entre mujeres admitido por la Justicia argentina y por eso tiene una importancia muy fuerte como precedente. Lo más difícil en estas situaciones es probar los hechos, pero no es imposible", dijo a Clarín el abogado Gustavo Calvinho, que representó a la joven junto a Ernesto Petruzzo y Máximo Sacón.
En ese sentido, Calvinho dijo que fueron pruebas clave algunas notas y dedicatorias que estaban en poder de la empleada y que habían sido escritas de puño y letra por su jefa, según fue determinado en pericias caligráficas. El abogado también contó que se le adjudicó verosimilitud al diario personal que llevaba la acosada, en el cual dejó registrado el hostigamiento sexual al que casi diariamente era sometida.
El caso tuvo sus idas y vueltas porque después de sufrir su rechazo y de despedirla del trabajo, la dueña del instituto de belleza denunció a la joven por extorsión. Sucedió que la cosmetóloga no aceptó la liquidación por el despido e intimó por carta documento a que le realizaran una nueva. Finalmente la convocaron al estudio de una abogada, donde le entregaron un cheque de 55.000 pesos como resarcimiento. Cuando salía del estudio con la indemnización, fue detenida por la Policía. Le habían armado una trampa porque la jefa había denunciado que la joven la extorsionaba con la amenaza de contar en los medios los detalles del acoso sexual. El cheque, supuestamente, era la prueba del chantaje.
La cosmetóloga pasó unos días presa y fue sometida a un juicio oral, al cabo del cual no sólo fue absuelta porque se demostró que la supuesta extorsión no había existido, sino que todo se dio vuelta. Los jueces concluyeron que las pruebas demostraban que la acusada había sido "hostigada sexualmente" por la denunciante.



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El juez civil Francisco Granillo Ocampo condenó a la jefa a pagarle 32.800 pesos más intereses a la empleada. Esta cifra corresponde exclusivamente al acoso sexual y se suma a los 4.767 pesos como indemnización por despido que la cosmetóloga le había ganado a la dueña hace cuatro años ante la Justicia laboral. Los nombres de las protagonistas no se mencionan para preservar su privacidad.
"La protección de la honestidad ofendida por actos de naturaleza sexual pueden ser distintos del acceso carnal mismo", explicó el juez en el fallo, al justificar que no era necesario que la relación sexual se concretara para dar lugar a la condena. En ese sentido, caracterizó el acoso sexual como la actitud de una persona que se aprovecha de una relación jerárquica para inducir a otra a acceder a sus requerimientos sexuales.
"El derecho protege a las personas contra cualquier ofensa ilícita o amenaza de ofensa a su individualidad física o moral", se agregó en la resolución, que inaugura un camino que hasta ahora no había sido recorrido por los jueces. Se trata, de todas formas, de un fallo de primera instancia, que puede ser apelado ante la Cámara Civil.
La mayor parte de la indemnización que fijó el juez corresponde al rubro daño moral, que tiene que ver con los perjuicios extraeconómicos que padece una persona. En este caso, con el dinero se busca compensar lo que sufrió la cosmetóloga por la situación.
El juez le otorgó 30.000 pesos en concepto de daño moral, en base a declaraciones de testigos que la vieron alterada por la situación (uno de ellos fue su novio) y también a una pericia psicológica, cuyo resultado fue que la joven padecía un "síndrome depresivo".
Esa pericia psicológica estimó que, a raíz de la situación de estrés, la ucraniana padece una incapacidad laboral de un 10% y que necesita un tratamiento psicoterapéutico con una frecuencia de dos veces semanales y una duración de entre 6 meses y un año. Justamente para pagar ese tratamiento es que el juez condenó a la demandada a pagar los otros 2.800 pesos de la sentencia.
"Creemos que es el primer caso de acoso sexual entre mujeres admitido por la Justicia argentina y por eso tiene una importancia muy fuerte como precedente. Lo más difícil en estas situaciones es probar los hechos, pero no es imposible", dijo a Clarín el abogado Gustavo Calvinho, que representó a la joven junto a Ernesto Petruzzo y Máximo Sacón.
En ese sentido, Calvinho dijo que fueron pruebas clave algunas notas y dedicatorias que estaban en poder de la empleada y que habían sido escritas de puño y letra por su jefa, según fue determinado en pericias caligráficas. El abogado también contó que se le adjudicó verosimilitud al diario personal que llevaba la acosada, en el cual dejó registrado el hostigamiento sexual al que casi diariamente era sometida.
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