Tomada sale al cruce de las cámaras empresarias por la ley de Riesgo del Trabajo

El ministro de Trabajo, Carlos Tomada, se manifestó "sorprendido" por las críticas formuladas por diferentes entidades empresarias al decreto normativo a la Ley de riesgos del Trabajo, al sostener que "no fue eso lo que manifestaron (las entidades) cuando nos reunimos para consensuar" la norma.

Tomada salió de esta forma al cruce de las entidades empresarias a través de un comunicado de prensa titulado "algunos encuentran seguridad jurídica en leyes inconstitucionales", en el que la cartera laboral responde a cada una de las objeciones planteadas por la UIA, la Cámara de la Construcción, ADEBA, la Bolsa de Comercio y la Cámara Argentina de Comercio, entre otras.

"Las críticas empresarias al decreto que fija entre otras cuestiones, mejores indemnizaciones no dejan de sorprendernos. No fue eso lo que manifestaron cuando nos reunimos para consensuar el decreto que se firmó en estos días. Si bien es una actitud usual, desgraciadamente, no deja de sorprendernos", dijo el ministro.

Tomada sostuvo que "para entender la cuestión es fundamental tener en claro lo que se ha hecho durante este tiempo respecto de la Ley de Riesgos del Trabajo" luego que la Corte Suprema cuestionará gran parte de la norma "por inconstitucionalidades".

A renglón seguido el ministro dijo que "el Poder Ejecutivo tomó nota (del pronunciamiento de la Justicia) y comenzó las reuniones con los distintos sectores involucrados. No fueron solo unos pocos encuentros, fueron cientos y penoso es decirlo, la mayor intransigencia siempre la expresó la UIA".

Con tono crítico Tomada sostuvo que "para ellos la Ley sancionada en los `90 le otorgaba seguridad jurídica. Para la Justicia no. La Corte Suprema le hizo 10 tachas de inconstitucionalidad. El sector empleador siguió defendiendo esas inconstitucionalidades porque le daban ‘seguridad jurídica’".

Por último el ministro sostuvo que el documento conjunto de las cámaras empresarias alude "a que la mejor protección para los trabajadores se logra a través de un régimen especial como el que brinda la ley 24.557", para luego remarcar que "se olvidan o hacen caso omiso a que la Corte Suprema de Justicia dijo todo lo contrario".

En lo que respecta a las objeciones formuladas desde el sector empresario, la cartera laboral dijo que el decreto reglamentario "no incrementa necesariamente los costos laborales", debido a que la norma "prevé expresamente en su artículo 12 que las Superintendencias de Seguros y de Riesgos del Trabajo deberán adoptar las disposiciones necesarias para reducir los costos del sistema".

Sobre este punto el ministerio sostuvo que "los representantes de las entidades empresarias que participaron activamente en la etapa previa al dictado de la norma que objetan, saben que ya se esta trabajando y avanzando en esta materia, especialmente en lo relativo a costos de administración y comercialización. Además, debe ser de su conocimiento que toda modificación a las tarifas actuales, en caso de ocurrir, podrá producirse recién una vez vencidos los contratos anuales en vigencia".

La cartera que conduce Tomada sostiene también que el decreto contempla "expresamente la situación de las PYMES que merced a un sistema tarifario que privilegia la cantidad de trabajadores asegurados, son las que vienen cargado con las mayores costos".

"En esta misma materia y también accediendo a los requerimientos de los empleadores para reducir costos se ha promovido la creación de mutuas sin fines de lucro. En resumen peor era la situación previa al decreto, que con seguro barato y todas sus inconstitucionalidades, se expone a la quiebra directa a muchas empresas", agrega el comunicado.

Según Trabajo, con el decreto "se achica la litigiosidad, porque se pagarán mejores indemnizaciones: Muchos juicios hoy se hacen por culpa del tope, y de las enfermedades excluidas, aspecto que ya atenderemos en el próximo decreto".

"Respecto del tope que estaba fijado en ó 180.000 implicaba que todos los accidentados que cobraran un sueldo superior a ó 1.800 se vieran obligados a hacer juicio por la diferencia (Hoy la remuneración promedio supera los ó 3.000, por lo que la mayoría de los trabajadores están por sobre ese valor tope)", detalló la dependencia oficial.

Sobre la crítica de las cámaras empresarias a la falta de consenso que representaría la utilización de un decreto reglamentario para resolver esta problemática laboral, La cartera de Trabajo dijo que "en este caso fue imposible tener consenso con la UIA, porque para ellos consenso implica imposición".

"Siempre trajeron cerradas negativas en los borradores del proyecto de ley, y exigían una opción excluyente en materia de acción civil en cualquier proyecto. A todo lo demás siempre dijeron que no. Consta en actas que "no aceptarán ningún cambio que implique un aumento de costos, por mínimo que sea", recordó el Ministerio de Trabajo.

"En este decreto y a su pedido, se hicieron concesiones a ese sector: las sumas adicionales de pago único se fijaron de acuerdo a la propuesta de UIA, se agregó el seguro de responsabilidad civil y como ya se dijo, se ordenar arbitrar medidas para bajar los costos, se fomentan las mutuas, se quitó un artículo que autorizaba el aumento inmediato de alícuotas y aún así no están conformes: aquí hay una muestra del porqué nuestra sorpresa", agregó el comunicado.

La cartera laboral también enfatizó que "los presidentes de la UIA, CAC y de la Cámara de la construcción fueron notificados que los seguiremos invitando a debatir el proyecto de ley, en el que se priorizará la prevención por sobre cualquier otra cosa y como siempre, se apuntará a evitar la artificiosa litigiosidad contra las empresas" y a los que se les pide que "deben estar dispuestos a establecer mejores sistemas de prevención y a tener un régimen en serio, en el que el que cumpla sea premiado y el que no, castigado".

En otro tramo del comunicado, y en respuesta a la posición empresaria en torno a que "la mejor forma de proteger a los trabajadores y brindar previsibilidad a la actividad productiva es a través de un régimen especial como el que brinda la ley 24.557", la cartera laboral sostuvo que "el régimen especial no brindó protección a los trabajadores, sino sometimiento a un régimen inequitativo y desprotectorio".

"No lo dice el Poder Ejecutivo Nacional, lo dice la Corte Suprema de Justicia de la Nación y casi el 100% de la Justicia del Trabajo. De ello se le puede preguntar a cualquier juez", agregó el extenso parte de prensa.

Según el ministerio, "la Ley 24.557 no agregó prevención, sino tan solo declaraciones en tal sentido. No existe aún en Argentina una cultura de la prevención de los accidentes y las enfermedades".

"La ley 24557 no pagó como correspondía a las víctimas, dando menos que si el trabajador siguiera trabajando (ILT) y pagando indemnizaciones irrisorias que dieron lugar a la litigiosidad", subrayó Trabajo.

En lo que respecta al `vacío legal` creado por los fallos de la Corte Suprema en la materia y la consiguiente `proliferación indiscriminada de reclamos judiciales`, la cartera que conduce Tomada dijo que "la CSJN hizo lo que entendió que debía hacer. Eso no es responsabilidad del PEN".

"Para evitar el vacío legal, el PEN tuvo listo el 9 de marzo de 2005, a 6 meses del primer fallo (Castillo, sobre inapelabilidad a la Justicia Federal), un proyecto integral sustitutivo de las leyes 24.557 y 19.587, que superaba todos los problemas constitucionales (más de 25) y todos los problemas operativos, además de privilegiar la prevención, como corresponde", recordó la cartera.

Según el comunicado, "a ese proyecto se llegó luego de trabajar incansablemente consultando a los actores, abogados, académicos y científicos. Como respuesta obtuvimos que "se pretendía la sovietización de las fábricas" -por los comité mixtos- y lobbies ante el ex Ministro de Economía para poner una ley "parche" que deje todo igual".

"Vaya paradoja, en aquel proyecto se planteaba una opción excluyente en materia de acción civil como la que reclaman y hoy es imposible porque la CSJN siguió avanzando contra la ley, especialmente en este tema a través del fallo "Llosco"", agregó la cartera, para luego indicar que a causa de esa posición contraria "se la perdieron".

"Es cierto que crecieron los juicios, pero es más que nada porque el sistema es mezquino contra las victimas por donde se lo mire (cobraban poco y en rentas bajas, no podían hacer juicio, en las comisiones médicas no podían tener asesoramiento de abogado ni de médico, debían apelar solos y ante la justicia federal, si morían sus padres no podían cobrar nada, etc.). Estamos convencidos que mejorando la indemnización, disminuirán la cantidad de juicios", remarcó luego la cartera laboral.

Entre otros puntos, el Ministerio de trabajo también respondió a la queja empresaria respecto a los accidentes `in itinere` y la situación gravosa que representan para las compañías.

"Esto lo determinó la justicia en los comienzos del sistema, a principio del siglo pasado y así se afincó en nuestra cultura jurídica. Es un principio de justicia social que determina que el empleador es responsable del recorrido de la casa al trabajo y del trabajo a la casa. Es evidente que la justicia reiterará su pacífica aplicación", dijo el ministerio.

Para la cartera, "la oposición empleadora es sólo para reducir costos" y dijo que si a este ítem lo cubriera la ANSES -como reclaman las cámaras- "también deberían pagarlo, porque no puede hacer un sistema no contributivo que cubra los in intínere. Con la contra que como el Estado se defiende peor, crecerán los in itínere y deberán pagar más que ahora".

"Esta situación afectará principalmente a las pequeñas y medianas empresas, con mayor incidencia en las localizadas en el interior del país, generando adicionalmente un mayor incentivo al trabajo informal", dijo Trabajo.

 

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