Los empleados de Lloyd’s aprueban en referéndum el acuerdo de reducción de la plantilla

Los empleados de Lloyds han aprobado en referéndum el acuerdo alcanzado entre los sindicatos y la dirección de la empresa para reducir la plantilla en 145 empleados mediante jubilaciones y bajas incentivadas, con un total de 60,5% de los votos a favor de la propuesta, informaron fuentes sindicales a Europa Press.

El acuerdo afecta a los trabajadores de Lloyd’s y de Halifax, pero éstos dieron el visto bueno al acuerdo el pasado mes de diciembre. Tras la aprobación por parte de todos los empleados de todo el grupo británico entrará en vigor, aunque la entidad se compromete a no hacer despidos individuales hasta 2012.

Los principios del acuerdo contemplan 73 bajas incentivadas y 72 prejubilaciones con una indeminización de 55 días por año trabajado para los empleados menores de 35 años y de 60 días para el resto, más otros 6.000 euros adicionales.

A la votación acudió el 92% de la plantilla del Lloyd’s y los sindicatos valoraron de manera positiva no sólo la elevada participación, sino también la aprobación del acuerdo, dada la actual situación de la entidad.

Los sindicatos y el banco llevaban varios meses negociando para mitigar el impacto del ERE que la entidad británica quería aplicar en España, llegando incluso a realizar varias concentraciones y jornadas de paros.

Finalmente, el pasado 29 de diciembre ambas partes llegaron al acuerdo que esta semana se sometió a votación y que contempla la reducción del 40% de su plantilla en España y del 8% de la de Halifax como consecuencia del proceso de fusión de ambas entidades. El acuerdo cuenta con el rechazo de CC.OO.

El Expediente de Regulación de Empleo (ERE) contemplaba en un principio la reducción de la plantilla en 189 empleados, aunque logró reducirse en 44 personas, y afecta a 128 de los 316 trabajadores que conforman la plantilla de Lloyd’s en España, y a 17 de los 210 empleados que tiene la filial española de Halifax.

El acuerdo también establece la posibilidad de que el trabajador se acoja a una suspensión temporal de empleo de dos años con 45 días por año trabajado y 42 mensualidades, junto con el ofrecimiento de un préstamo sin intereses por parte del banco para completar el 100% de su sueldo actual junto con la prestación por desempleo. Transcurridos los dos años podrán reincorporarse a la plantilla de la entidad en caso de que haya vacante un puesto similar al que ocupaban.

 

 

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