A continuación transcribimos la entrevista que ofreció Dr. Ignacio Jorge Martín Irigoyen en el programa Gente de Derecho de Radio Cooperativa a cargo del Dr. Jorge Risso.
Entre los puntos destacados por Irigoyen habla de: fundamentos de la resolución de la IGJ, cómo las franquicias pauperizan las profesiones, la publicidad engañosa que realiza Remax donde nunca ponen que son una inmobiliaria (porque no está habilitada como tal).
El Director de la IGJ, el Dr. Ricardo Nissen, un prestigioso académico de la Facultad de Derecho en materia de Sociedades, ordenó la disolución de la sociedad REMAX ARGENTINA SRL y su imposibilidad para seguir operando en el país.
La resolución 350/2020 a partir de una denuncia de (Colegio Único de Corredores Inmobiliarios) CUCICBA ordenó la disolución y cese de actividades de Remax Argentina SRL que tiene los derechos de marca de REMAX INTERNACIONAL, Inc.
Esta marca, como empresa internacional nunca se constituyó en la Argentina como obliga la ley de sociedades.
Toda franquicia internacional tiene obligación de constituirse legalmente por el artículo 118 de la Ley de Sociedades.
Y no se habla de una marca que realizó un acto de comercio aislado.
Mínimamente se solicita constituir un domicilio, mostrar la documentación de la sociedad de Estados Unidos y justificar las actividades a desarrollar en la República Argentina.
La empresa REMAX INTERNACIONAL que cotiza en la bolsa de Nueva York, nunca se constituyó legalmente en Argentina. Su subsidiaria está en competencia desleal con el mercado inmobiliario local. REMAX INTERNACIONAL acudió en 2004 a la IGJ pero nunca completó el trámite.
La presentación la hizo CUCICBA a través del abogado Ignacio Jorge Martín Irigoyen.
A su vez existe REMAX ARGENTINA SRL parece que hace las veces de Ministerio de Educación, ya que organiza unos cursos de capacitación que considera “habilitantes”.
CUCICBA denunció a la IGJ que los contratos de franquicia nunca aparecen.
“Cuando intimamos a REMAX ARGENTINA SRL han respondido que ellos no son corredores inmobiliarios así que no tienen nada que presentar”.
La IGJ comprobó que la filial local tiene un derecho sobre la marca REMAX INTERNACIONAL y el objeto social establece “sistemas inmobiliarios” con una construcción jurídica que termina confundiendo a la gente. No es una inmobiliaria.
Esto es una franquicia extranjera que se está metiendo en una profesión.
Se trata de que los corredores inmobiliarios tengan una formación, un título y una matrícula para poder ejercer, igual que nosotros los abogados. La IGJ determinó a su vez que ninguno de los socios argentinos de REMAX ARGENTINA SRL tiene el título de corredor inmobiliario.
Además determinó que a través de un objeto lícito, desarrollaría una actividad ilícita. Por esto El Dr. Nissen determinó la disolución y liquidación de la sociedad aplicando los artículos 18 y 19 de la Ley de Sociedades.
A su vez la firma subsidiaria de REMAX INTERNACIONAL estaría violando la ley de ejercicio de la profesión de corretaje.
El Dr. Nissen resolvió que nadie puede ejercer un derecho que no tiene. Entonces los contratos firmados por REMAX ARGENTINA SRL con quienes compraron la franquicia son nulos de nulidad absoluta.
Los que adquieren una franquicia de REMAX hacen un curso del estilo de las empresas que vende productos de belleza, y le dan el título de “agente inmobiliario” a las personas que realizan esos cursos. En Argentina no existe un título intermedio de corredor inmobiliario.
Pongamos el ejemplo de los abogados. Una marca internacional de abogados, da un curso a franquiciantes que pagan por ello y les da el título de “agentes jurídicos” sin haber pasado por la Facultad de Derecho. para ejercer la profesión.
Avanzarán con una investigación más profunda.
El abogado dice que ahora se viene una investigación mucho más de fondo. Se va a analizar qué ocurre con las ganancias que se generan por las ventas de las franquicias. ¿La corporación de Estados Unidos recibe dinero por las franquicias que se venden? ¿Qué pasa con la Ley de Defensa de Consumidor? ¿Qué pasa con las leyes laborales? ¿Qué pasa con la Ley de Defensa d la Competencia?.
“Un triunfo para las profesiones”
Esto es un triunfo de todos los profesionales. Ingenieros, arquitectos, abogados, corredores inmobiliarios. Quieren mercantilizar temas que son propios de una profesión. Se pone un freno a que las empresas multinacionales se constituyan en el país y no cumplan con las leyes nacionales. REMAX a su vez, tiene muchos problemas en Chile, Ecuador, Perú.
Esta empresa hace que la gente se esté publicitando como “agentes inmobiliarios”, que no son profesionales con matrícula habilitante para realizar operaciones inmobiliarias. Ellos comparten el negocio con sus franquiciantes; no está permitido compartir honorarios profesionales con quienes no son un par en Argentina.
En beneficio de los clientes, un profesional matriculado, está habilitado y asume una responsabilidad en el ejercicio de su profesión y posee idoneidad en la materia.
Las profesiones no se franquician. Esto es un sistema de derecho mercantil, no para los profesionales.
A su vez estas pseudo empresas que tienen sólo una marca, que franquician y bombardean con publicidad, pueden convertirse en un problema a futuro, en cuanto a la formación de un monopolio.
Irigoyen mencionó un caso similar, el monopolio casi que tiene Farmacity en Capital Federal (a la cual se opusieron los colegios de farmacéuticos) y cómo han ido desapareciendo las tradicionales farmacias porteñas, a la vez que fijan precios de medicamentos. ¿Qué pasa si Farmacity decide irse del país como hizo la franquicia farmacias del Dr. Ahorro? No quedarían farmacias en la ciudad, porque a las pequeñas farmacias ya las han eliminado.
Las franquicias y las profesiones no van de la mano. Si se franquicia una profesión se pauperiza, lo único que les importa es bajar los costos. Sino nos vamos a transformar todos en Abogacity, Arquitecity, Ingeniecity.
La publicidad engañosa de Remax
La resolución del Dr. Nissen habla de publicidad engañosa.
En el escrito de la IGJ se menciona la declaración de la empresa, que reafirmó que su actividad principal no es el corretaje inmobiliario sino que provee servicios complementarios o conexos a la actividad inmobiliaria y que lo hace a través de contratos de franquicia con los corredores inmobiliarios individuales.
Dice Irigoyen que se trata de publicidad engañosa porque en carteles y publicidad no ponen en que son una inmobiliaria sino que juegan al doble sentido. “O son una empresa de mudanzas o de servicios inmobiliarios”.