El directorio del Banco Central decidirá este jueves la fecha a partir de la cual se aplicará la flamante ley de Cuentas Sueldo, que prohíbe a los bancos públicos y privados cobrar comisiones a los trabajadores por el uso de cajeros automáticos para la percepción de los salarios.
La norma fue aprobada por el Congreso a principios de mayo pasado y reglamentada por el Ministerio de Trabajo, que preside Carlos Tomada, esta semana, por lo que sólo queda que la autoridad monetaria la ponga en marcha.
El cobro de estas comisiones que afectan a unos cinco millones de trabajadores bancarizados en todo el país representan para los bancos entre 120 millones y 150 millones de pesos anuales.
A partir de la aplicación de la ley, el público pasará a tener dos cuentas: una de ellas será la denominada "cuenta sueldo", y la otra será una caja de ahorro o un paquete completo, en el cual el cliente tendrá acceso a los restantes servicios bancarios.
Con la segunda cuenta podrá acceder a una tarjeta de crédito, chequeras o débitos automáticos de servicios, entre otras cuestiones.
Así, los trabajadores bancarizados tendrán una cuenta sueldo (totalmente gratuita) y otra complementaria (con cargo, con el resto de las prestaciones).
Para poner en marcha la ley, el directorio del Banco Central que preside Mercedes Marcó del Pont se reunirá este jueves en la sede de la autoridad monetaria, en Reconquista 266, en el centro porteño.
El directorio comunicará su decisión a los titulares de la Asociación de Bancos Argentinos (Adeba), la Asociación de Bancos Públicos y Privados de la República Argentina (Abappra), y la Asociación de Bancos de la Argentina (Aba).
Estas asociaciones serán las encargadas de comunicar a los bancos de todo el país a partir de cuando deben dejar de cobrar costos financieros a los trabajadores que operen cajeros automáticos.