El Estado peruano destina 156 millones para otorgar beneficios a ex trabajadores cesados irregularmente

LIMA. Informó que la denominada Cuarta Lista será publicada a fines de mes y los beneficiarios podrán elegir entre tres opciones: recibir una compensación económica; ser reincorporado o reubicado laboralmente; o, acceder a la jubilación adelantada.

Explicó que quienes elijan una compensación económica, recibirán en mayo el equivalente a 2 sueldos mínimos (S/. 1,100) por año de servicio acreditado, con un tope de 15 años de servicios (S/. 16,500). Precisó que a los ex trabajadores que recibieron un incentivo o indemnización por el cese, se les deducirá este monto a percibir. Pero en ningún caso, el beneficio será menor de 2 sueldos mínimos.

Mientras que quienes opten por la reincorporación y reubicación laboral sólo podrán acceder a ella en el presente ejercicio fiscal y podrán postular para cubrir aquellas plazas que se generen en el Estado por causa de jubilación, renuncia, cese por falta grave o muerte.

De no encontrar ninguna plaza vacante, automáticamente estos ex trabajadores pueden ejecutar la compensación económica, en la segunda semana de diciembre, con lo que culminará el proceso, enfatizó.

Advirtió que los funcionarios que oculten las plazas que hay en su institución podrían ser pasibles de una denuncia por presunto delito contra la fe pública.  

Mientras que quienes decidan acceder a la jubilación adelantada no deben haber recibido incentivo alguno para su renuncia o cese, y tienen que cumplir los requisitos de edad de 55 y 50 años de edad, tratándose de varones y mujeres respectivamente al 6 de julio del 2007, fecha de publicación de la Ley 29059.

LOS TRES PRIMEROS LISTADOS

De otro lado, Villasante Araníbar informó que cerca de tres mil personas que se encuentran en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente que optaron por el beneficio de la reubicación laboral y no encontraron una plaza vacante, cobrarán una indemnización económica, con lo cual se cumplirá con el proceso de  implementación y ejecución de estos listados.

En este caso, la indemnización será equivalente a una remuneración mínima vital vigente por cada año de servicios efectivo con un tope de quince años de servicios, exceptuando los años no laborados.

 El titular de Trabajo se presentó  ante la Comisión de Trabajo del Congreso para informar sobre los avances en la elaboración de la Cuarta Lista de Cesados Irregularmente, la cual se encuentra en su fase final. Acudió acompañado del Viceministro de Trabajo, Augusto Eguiguren.
 

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