NUEVA YORK y LONDRES- Willis Group, el agente mundial se seguros, anunció el lunes la publicación de The Willis Worldwide Directory of Directors’ and Officers’ Liability (Directorio mundial Willis sobre responsabilidad civil de directores y ejecutivos). Se trata de una exclusiva guía que detalla las responsabilidades civiles personales que pueden caber a los directores en 51 países de África, América Latina, América del Norte, Asia, Australia, Europa y Oriente Medio.
En un momento en que la cantidad de demandas contra directores y ejecutivos llega a una marca internacional jamás alcanzada, este compendio de 600 páginas, el más extenso hasta la fecha, se convierte en una referencia invalorable para ejecutivos de alto nivel, asesores legales de empresas, secretarios y gestores de riesgos.
La publicación, que ofrecerá a los lectores importante información y un margen competitivo, cuenta con capítulos sobre cada jurisdicción y expone sobre temas clave así como sobre asuntos vinculados a la gobernanza corporativa y los requisitos reglamentarios.
Los principales temas de cada capítulo incluyen:
— Definiciones de "director" y "ejecutivo" (cuando corresponda)
— Áreas clave a las que estar atento
— Quién puede demandar a los directores y ejecutivos
— La legalidad local del seguro de los directores y ejecutivos en el derecho consuetudinario y el derecho codificado
— Requisitos de procedimiento
— Consecuencias impositivas
— Sucesos de la gobernanza corporativa
— Tendencias clave vinculadas al seguro de responsabilidad civil de los directores y ejecutivos
Willis Group Holdings Limited (NYSE: WSH) es un destacado agente mundial se seguros dedicado al desarrollo y suministro de seguros profesionales, reaseguros, gestión de riesgos, servicios de consultoría financiera y recursos humanos, y servicios actuariales a empresas, entidades públicas e instituciones de todo el mundo. Con más de 300 oficinas en más de 100 países, su equipo mundial de 15.800 socios presta servicios a clientes en alrededor de 180 países. Se puede obtener más información sobre Willis en el sitio web www.willis.com.
Ya nos hemos referido al rápido incremento de la responsabilidad civil de los directores y ejecutivos, y a continuación se destacan los principales temas que los afectan:
Los accionistas ya no son los únicos que demandan a los directores y ejecutivos. Los tenedores de bonos, que por largo tiempo se han mantenido en silencio en el área de la gobernanza corporativa, pasaron a ocupar un primer plano. Quizás donde esto se vea más claro sea en el caso de Parmalat, donde los tenedores de bonos en todo el mundo están tratando de hacer valer sus derechos, que a veces se contradicen con los deseos de los accionistas o de los organismos dedicados al cumplimiento.
— Rol del inversor institucional
Otra importante fuerza que se está haciendo oír es la del inversor institucional. Los inversores institucionales, por lo general un importante fondo de pensiones público o privado, están tratando de cambiar las reglas de cumplimiento. En algunos casos, buscan recuperar fondos de manos del ejecutivo particular, en otros, continuando la disputa luego de que las instituciones supervisoras han sido satisfechas. Tienen instrucciones de reducir lo más posible sus pérdidas. Esto se vio con bastante dramatismo en los pagos de directores externos individuales realizados por los directores de WorldCom y Enron que no habían participado del fraude, sino que, "simplemente" habían permitido que ocurriera.
— Transparencia e independencia
En los estados Unidos se aprobó
— Atención a la remuneración de los ejecutivos
Tradicionalmente, los accionistas y los propios tribunales no tomaban en cuenta el tema de la remuneración de los ejecutivos. Se lo consideraba un tema interno que entendían mejor las propias empresas, y los tribunales no deseaban cuestionar las decisiones de la organización respecto de cuánto valían sus directores. Este status quo ya no funciona. Lo que comenzó siendo un problema de divulgación, hoy es un problema de responsabilidad. Luego de décadas de "obsesión por la fusión", quienes tienen intereses corporativos preguntan sobre los paquetes de compensaciones de aquellos que ocupan cargos ejecutivos y los cuestionan. Si bien a nivel internacional hay muchos ejemplos, el caso de Hollinger Inc. podría servir como ejemplo de lo que pueden ser algunas de las inquietudes emergentes en el área de la remuneración de los ejecutivos.
Otro tema que no debe ignorarse es el del cambio en los derechos en virtud de las leyes locales para indemnizar o proteger a los ejecutivos. A medida que se amplía la exposición, aprendimos a esperar un aumento acorde en la capacidad de protección a este mismo grupo. Para que las empresas puedan atraer a los mejores profesionales del mundo, es necesario que proporcionen las mejores indemnizaciones corporativas y un seguro de responsabilidad civil de los directores y ejecutivos de primer nivel. Esto presenta un desafío para las empresas que deben mantenerse al día con los cambios locales y realizar las reformas necesarias para aprovechar estos nuevos adelantos. Un suceso crucial que tuvo lugar recientemente en este campo es el de los importantes cambios en la capacidad de una empresa para indemnizar a sus directores y ejecutivos en virtud de
2. Panorama general de las tendencias en materia de seguros de responsabilidad de los directores y ejecutivos
Los seguros de responsabilidad de los directores y ejecutivos son una pequeña porción del mercado general de seguros de responsabilidad. En el caso de pequeñas empresas, la adquisición de un seguro de responsabilidad de los directores y ejecutivos se puede realizar rápidamente en la mayoría de los países, pero en el caso de empresas que operan a nivel mundial las tendencias de compra son distintas.
3. Evolución del papel de las instituciones supervisoras
Una de las tendencias actuales más fuertes en materia de gobernanza corporativa se vincula a la mejora del cumplimiento por parte de las instituciones supervisoras en casi todos los países del mundo. No obstante, la organización mundial de hoy no debería concentrarse sólo en el cumplimiento local, sino que también debería prever que la cooperación existirá en una base internacional con posible acción en más de un país, o a cargo de instituciones supervisoras de más de un país.
4. Países incluidos: Sudáfrica, Argentina, Brasil, Ecuador, México, Paraguay, Perú, Venezuela, Canadá (y Quebec), Estados Unidos de América, República Popular de China, Hong Kong, India, Indonesia, Japón, Kazajstán, República de Corea, Singapur y Malasia, Taiwán, Tailandia, Australia, Nueva Zelanda, Austria, Bélgica, Bulgaria, República Checa, Dinamarca, Finlandia, Francia, Alemania, Gibraltar, Grecia, Hungría, Irlanda, Isla de Man, Israel, Italia, Países Bajos, Noruega, Polonia, Portugal, Federación Rusa, España, Suecia, Suiza, Turquía, Reino Unido, Arabia Saudita, Emiratos Árabes Unidos.